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R2023-042 2023-02-13_Spanish 4127-7529-5557.7 RESOLUCIÓN NRO. R2023-42 Resolución del Consejo Municipal de la Ciudad de Pearland, Texas que convoca una Elección de Bonos a celebrarse dentro de la Ciudad de Pearland, Texas; dispone la celebración y el aviso de la Elección de Bonos; y contiene otras disposiciones relacionadas con esto EN VISTA DE QUE, el Consejo Municipal (el “Consejo Municipal”) de la Ciudad de Pearland, Texas, (la “Ciudad”) halla y determina que se debería celebrar una elección para determinar si el Consejo Municipal deberá ser autorizado a emitir bonos de la Ciudad por las cantidades y para los propósitos expresados más adelante en la presente; y EN VISTA DE QUE, la Ciudad celebrará uno o más Convenios Electorales (en conjunto, el “Convenio Electoral”) con el Condado de Brazoria, Texas, (el “Condado”), a través del Secretario de Condado del Condado (el “Administrador”) y, posiblemente, otras subdivisiones políticas, en conformidad con las leyes del Estado de Texas (el “Estado”) y la ley federal aplicable; y EN VISTA DE QUE, el Consejo Municipal halla y declara que la asamblea en la cual se considera esta Resolución está abierta al público, y que se dio aviso público de la hora, el lugar y el propósito de la asamblea, según lo exige el Capítulo 551 del Código de Gobierno de Texas y sus enmiendas; AHORA, POR LO TANTO, EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS, RESUELVE: Sección 1. Hallazgos. Las declaraciones contenidas en el preámbulo de esta Resolución son verdaderas y correctas y, por la presente, se adoptan como determinaciones de hechos y como parte de las disposiciones operativas de la presente. Sección 2. Convocación de la elección, fecha, votantes elegibles y horarios. Se celebrará una elección (la “Elección”) el 6 de mayo de 2023 (el “Día de Elección”), fecha que es setenta y ocho (78) días o más posterior a la fecha de la adopción de esta resolución (la “Resolución de Elección”), dentro de la Ciudad y por todo el territorio de la misma, en la cual todos los votantes habilitados residentes de la Ciudad tendrán derecho a votar. El Consejo Municipal considera por la presente que celebrar la Elección en dicha fecha es de interés público. El horario en el cual estarán abiertos los lugares de votación el Día de Elección será de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. Sección 3. Lugares de votación; funcionarios electorales. Salvo que se disponga lo contrario en este documento, por la presente, los límites y territorios de los precintos electorales del Condado que se encuentran parcial o totalmente dentro de los límites territoriales de la Ciudad son designados como los precintos de votación de la Ciudad para la Elección y los números de precintos para los precintos electorales de la Ciudad corresponderán al número de precintos del Condado de cada precinto. Los lugares de votación del Día de Elección serán como se muestra en el Anexo A de esta Resolución de Elección. Los jueces y los jueces alternos de precintos para la Elección serán designados en conformidad con el Código Electoral de Texas (el “Código Electoral”). En caso de que el Administrador determinare periódicamente que (a) un lugar de votación designado más adelante deja de estar disponible o de ser adecuado para tal uso, o que sería DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D 2 4127-7529-5557.7 para el mayor beneficio de la Ciudad reubicar dicho lugar de votación, o (b) un juez presidente o juez presidente alterno designado más adelante deja de estar habilitado o de estar disponible, por la presente, el Superintendente, o su representante designado, está autorizado para designar por escrito un lugar de votación, un juez presidente o un juez presidente alterno sustitutos, y corregir o modificar los anexos de esta Resolución de Elección, dando dicho aviso en conformidad con el Código Electoral y según lo considere suficiente. Sección 4. Proposiciones. En la Elección se presentarán las siguientes proposiciones ante los votantes habilitados residentes de la Ciudad (cada una, una “Proposición” y en conjunto, las “Proposiciones”): CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN “A” ¿Se deberá autorizar al Consejo Municipal de la Ciudad de Pearland, Texas, a emitir bonos de obligación general de la Ciudad, por la cantidad de capital de $105,500,000, para mejoras públicas permanentes y para propósitos públicos, a saber: 1) comprar, adquirir, agrandar, extender, equipar y construir mejoras e instalaciones de drenaje en diversos sitios dentro de la Ciudad, incluso adquirir terrenos y derechos de paso para cualquier propósito de ese tipo, 2) comprar equipos e instalaciones auxiliares en relación con las mejoras e instalaciones de drenaje, 3) estudios de ingeniería y relacionados en conexión con los problemas de drenaje en la Ciudad, y 4) todos los asuntos necesarios o incidentes relacionados con esto; de modo que dichos bonos venzan en serie o de otra manera durante un período que no exceda los cuarenta (40) años a partir de sus fechas, sean emitidos y vendidos en una serie o más, a cierto precio o precios y devenguen interés a cierta tasa o tasas (fijas, flotantes, variables u otras) según lo determine a su criterio el Consejo Municipal al momento de la emisión o de la venta de los bonos; y se deberán imponer impuestos ad valorem sobre toda propiedad gravable en la Ciudad, suficientes para pagar el interés anual y proporcionar un fondo de amortización para pagar los bonos conforme venzan? CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN “B” ¿Se deberá autorizar al Consejo Municipal de la Ciudad de Pearland, Texas, a emitir bonos de obligación general de la Ciudad, por la cantidad de capital de $26,146,000, para mejoras públicas permanentes y para propósitos públicos, a saber: 1) comprar y de otro modo adquirir terrenos para calles, puentes y aceras de la Ciudad, 2) comprar equipos e instalaciones auxiliares en relación con las mejoras de calles, puentes y aceras, 3) estudios de ingeniería y relacionados en conexión con la mejora de calles, puentes y aceras en la Ciudad, y 4) todos los asuntos necesarios o incidentales relacionados con esto; de modo que dichos bonos venzan en serie o de otra manera durante un período que no exceda los cuarenta (40) años a partir de sus fechas, sean emitidos y vendidos en una serie o más, a cierto precio o precios y devenguen interés a cierta tasa o tasas (fijas, flotantes, variables u otras) según lo determinará a su criterio el Consejo Municipal al momento de la emisión o de la venta de los bonos; y se deberán imponer impuestos ad valorem sobre toda propiedad gravable en la Ciudad, suficientes para pagar el interés anual y proporcionar un fondo de amortización para pagar los bonos conforme venzan? DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D 3 4127-7529-5557.7 CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN “C” ¿Se deberá autorizar al Consejo Municipal de la Ciudad de Pearland, Texas, a emitir bonos de obligación general de la Ciudad, por la cantidad de capital de $33,705,000, para mejoras públicas permanentes y para propósitos públicos, a saber: 1) comprar, adquirir, construir, reparar y mejorar instalaciones y equipos para propósitos de parques y recreación y 2) todos los asuntos necesarios o incidentes relacionados con esto; de modo que dichos bonos venzan en serie o de otra manera durante un período que no exceda los cuarenta (40) años a partir de sus fechas, sean emitidos y vendidos en una serie o más, a cierto precio o precios y devenguen interés a cierta tasa o tasas (fijas, flotantes, variables u otras) según lo determine a su criterio el Consejo Municipal al momento de la emisión o de la venta de los bonos; y se deberán imponer impuestos ad valorem sobre toda propiedad gravable en la Ciudad, suficientes para pagar el interés anual y proporcionar un fondo de amortización para pagar los bonos conforme venzan? CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN “D” ¿Se deberá autorizar al Consejo Municipal de la Ciudad de Pearland, Texas, a emitir bonos de obligación general de la Ciudad, por la cantidad de capital de $15,959,000, para mejoras públicas permanentes y para propósitos públicos, a saber: 1) construir, reparar y mejorar la Estación de Bomberos Nro. 7, 2) estudios de ingeniería y relacionados en conexión con las instalaciones y mejoras para bomberos, y 3) todos los asuntos necesarios o incidentes relacionados con esto; de modo que dichos bonos venzan en serie o de otra manera durante un período que no exceda los cuarenta (40) años a partir de sus fechas, sean emitidos y vendidos en una serie o más, a cierto precio o precios y devenguen interés a cierta tasa o tasas (fijas, flotantes, variables u otras) según lo determine a su criterio el Consejo Municipal al momento de la emisión o de la venta de los bonos; y se deberán imponer impuestos ad valorem sobre toda propiedad gravable en la Ciudad, suficientes para pagar el interés anual y proporcionar un fondo de amortización para pagar los bonos conforme venzan? Sección 5. Boletas de votación. Las boletas de votación cumplirán con los requisitos del Código Electoral y tendrán escrito o impreso lo siguiente: BOLETA OFICIAL DE VOTACIÓN CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS- PROPOSICIÓN A [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $105,500,000 PARA MEJORAS DE DRENAJE DENTRO DE LA CIUDAD Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D 4 4127-7529-5557.7 BOLETA OFICIAL DE VOTACIÓN CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS– PROPOSICIÓN B [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $26,146,000 PARA MEJORAS DE CALLES, PUENTES Y ACERAS DENTRO DE LA CIUDAD Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. BOLETA OFICIAL DE VOTACIÓN CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS- PROPOSICIÓN C [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $33,705,000 PARA PROPÓSITOS DE PARQUES Y RECREACIÓN Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. BOLETA OFICIAL DE VOTACIÓN CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS- PROPOSICIÓN D [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $15,959,000 PARA LA CONTRUCCIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE LA ESTACIÓN DE BOMBEROS NRO. 7 Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. Sección 6. Votación anticipada. Por la presente el Consejo Municipal designa al Administrador como oficial de votación anticipada regular para la Elección. La votación anticipada, tanto en persona como por correo, se llevará a cabo en conformidad con el Código Electoral. La votación anticipada en persona se llevará a cabo en los lugares, las fechas y los horarios como se muestran en el Anexo B. La votación anticipada en persona empezará el lunes 24 de abril de 2023 y terminará el martes 2 de mayo de 2023. Para el uso de aquellos votantes que por ley tienen derecho a votar por anticipado por correo, los oficiales de votación anticipada proporcionarán a cada votante una boleta de votación DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D 5 4127-7529-5557.7 con instrucciones para marcar la boleta indicando si vota “A FAVOR” o “EN CO NTRA” de las Proposiciones. La dirección postal a donde pueden enviarse las solicitudes de boletas de votación por correo y los votos emitidos por correo es la siguiente: Nombre: Joyce Hudman, Elections Administrator Dirección postal oficial: 111 E Locust Ste 200, Angleton, TX 77515 Dirección física: 111 E Locust Ste 200, Angleton, TX 77515 Correo electrónico: ABBM@brazoriacountytx.gov Teléfono: 979-864-1662, 281-756-1662 ó 979-388-1662 Número de fax: 979-864-1011 Sitio web: https://www.brazoriacountyclerktx.gov/departments/elections/vote-by-mail Por la presente, se autoriza e instruye al Administrador a que designe un consejo de boletas de votación anticipada y a los demás funcionarios necesarios para la celebración de la votación anticipada para la Elección. Sección 7. Celebración de la Elección. La Elección la llevarán a cabo funcionarios electorales, incluidos jueces y jueces alternos o funcionarios designados por la Ciudad o el Administrador, en conformidad con los Convenios Electorales, el Código Electoral y la Constitución y leyes del Estado y de los Estados Unidos de América. El Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designadas, están autorizados a celebrar, firmar y formalizar uno o más Convenios Electorales, en conformidad con las disposiciones aplicables del Código Electoral. Por la presente, se incorporan a esta Resolución de Elección los términos y las disposiciones de cada Convenio Electoral. En la medida en que existiere algún conflicto entre esta Resolución de Elección y un Convenio Electoral, los términos y las disposiciones del Convenio Electoral prevalecerán, y el Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designadas están autorizados, cada uno de ellos/ellas, para realizar tales correcciones, cambios, revisiones y modificaciones a esta Resolución de Elección, incluso a sus anexos, que se consideren necesarios o adecuados para cumplir con el Convenio Electoral, para cumplir con la ley estatal y federal aplicable y para poner en práctica la intención de la Ciudad, como queda de manifiesto a través de esta Resolución de Elección. El Administrador será responsable de establecer la estación central de conteo de los votos emitidos en la Elección y de designar el personal necesario para dicha estación. Sección 8. Materiales bilingües de la Elección. Todos los avisos, instrucciones y boletas de votación relacionados con la Elección serán proporcionados a los votantes tanto en inglés como en español, y se pondrán a disposición personas capaces de desempeñarse como traductores en inglés y en español para asistir a los votantes de habla hispana a entender y participar en el proceso electoral. Sección 9. Entrega de votos emitidos, conteo, tabulación, escrutinio de resultados, declaración de resultados. Las boletas de votación serán contadas por uno o más equipos de funcionarios electorales designados por los jueces presidentes, y cada equipo estará integrado por dos funcionarios electorales o más. Después de concluir sus responsabilidades en virtud del Código Electoral, que incluyen el recuento de los votos emitidos y la tabulación de los resultados, el juez presidente deberá entregar una declaración por escrito con los resultados de la Elección a la Ciudad de acuerdo con el Código Electoral. El Consejo Municipal hará el escrutinio y declarará los resultados de la Elección. Si una mayoría de los votantes habilitados residentes de la Ciudad que votan en la Elección, incluso aquellos que votan por anticipado, votaran a favor de una Proposición, entonces DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D 6 4127-7529-5557.7 será autorizada la emisión y venta de los bonos descritos en la Proposición, por la cantidad máxima indicada en ella, y los bonos se emitirán y venderán al precio o precios y en las denominaciones que la Junta determine que sean para el mayor beneficio de la Ciudad. Sección 10. Capacitación de los funcionarios electorales. En virtud del Código Electoral, se podrá realizar un curso público de capacitación para todos los funcionarios y oficiales electorales según lo coordine o contrate el Administrador. Sección 11. Aviso de Elección; Documento de información para los votantes Se dará aviso de la Elección como lo exigen el Código Electoral y otras leyes que correspondan. En la medida requerida por la ley, el aviso de la Elección incluirá la dirección del sitio web de la Ciudad, que es https://www.pearlandtx.gov. Por la presente, se aprueba un documento de información para los votantes para cada Proposición en la forma adjunta a la presente como Anexo C, junto con ciertas correcciones que puedan aprobar el Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designadas, y se publicará de acuerdo con la ley. Sección 12. Aviso de asamblea. Consejo Municipal halla, determina, detalla y declara oficialmente que se colocó un aviso por escrito con la fecha, la hora, el lugar y el asunto de la asamblea en la cual esta Resolución de Elección es adoptada, en una cartelera de anuncios ubicada en un lugar conveniente para el público en City Hall por al menos setenta y dos (72) horas antes de la hora programada de la asamblea; que se dio aviso telefónico o telegráfico de tal asamblea a todos los medios de prensa que acordaron pagar todos y cada uno de los gastos incurridos por la Ciudad en conexión con la entrega de dicho aviso, ambos como lo requiere la Ley de Asambleas Públicas de Texas, Capítulo 551 del Código de Gobierno de Texas y sus enmiendas; y que tal asamblea estuvo abierta al público según lo requiere la ley en todo momento en que esta Resolución de Elección y su asunto fueron tratados, considerados y se tomaron medidas oficiales al respecto. Sección 13. Declaración de información obligatoria. (a) Conforme a la Sección 3.009 del Código Electoral de Texas: (i) el lenguaje de la proposición que aparecerá en la boleta de votación se describe en la Sección 5 de esta Resolución de Elección, (ii) los propósitos para los cuales se autorizarán los bonos se describen en la Sección 4 de esta Orden de Elección, (iii) la cantidad de capital de bonos a autorizar se describe en la Sección 4 de esta Resolución de Elección, (iv) si la emisión de bonos es autorizada por los votantes, se pueden aplicar los impuestos suficientes, dentro de los límites de tasa o cantidad establecidos por ley, para pagar el capital y los intereses de los bonos como se describe en la Sección 4 de esta Resolución de Elección, (v) los bonos autorizados conforme a esta Resolución de Elección pueden emitirse para vencer durante un período de años especificado (sin exceder lo que sea menos, cuarenta 40 años o el número de años máximo autorizado por la ley) y devengar interés a la tasa o tasas (que no excedan el 15%), conforme lo autoriza la ley y lo determina el Consejo Municipal, (vi) a la fecha de la adopción de esta Resolución de Elección, la cantidad total del capital pendiente de las obligaciones de deuda de la Ciudad es de $358,495,000 y la cantidad total de interés pendiente sobre las obligaciones de deuda de la Ciudad es de $110,017,163, y (vii) la tasa del impuesto ad valorem para el servicio de deuda de la Ciudad a la fecha de adopción de esta Resolución de Elección es de $0.338765 por cada $100 de propiedad gravable. Las obligaciones de deuda de la Ciudad que están presupuestadas para pago y se pagan de fuentes de ingresos no fiscales son designadas como independientes y se excluyen de la cantidad total de capital e interés pendientes de las obligaciones de deuda de la DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D 7 4127-7529-5557.7 Ciudad descritas en la oración precedente. (b) Según las condiciones del mercado a la fecha de esta Resolución de Elección, la tasa de interés máxima efectiva neta para cualquier serie de bonos se estima en 5.00%. Dicha tasa de interés máxima estimada se provee a título informativo, pero no es un límite sobre la tasa de interés a la que podrían venderse los bonos o cualquier serie de ellos. Además, el estimado contenido en esta subsección (b): (i) se basa en determinadas suposiciones (incluidas las suposiciones acerca de las condiciones prevalecientes del mercado y económicas al momento o momentos de emisión de los bonos) y se deriva de las proyecciones obtenidas del asesor financiero de la Ciudad, (ii) está sujeto a cambios en la medida en que los hechos, las circunstancias y las condiciones reales prevalecientes al momento de emisión de los bonos difieran de tales suposiciones y proyecciones, (iii) se provee exclusivamente para cumplir con los requisitos de la Sección 3.009 del Código Electoral de Texas y sin ningún otro propósito, sin ninguna garantía de que tales proyecciones se manifestarán, y (iv) no está previsto para dar ni da lugar a un contrato con los votantes o limitar la autoridad de el Consejo Municipal de emitir bonos de acuerdo con las Proposiciones presentadas por esta Resolución de Elección. Sección 14. Autoridad del Alcalde y de la Secretaria de la Ciudad. El Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designadas tendrán la autoridad, cada uno de ellos/ellas, para tomar, o hacer que se tomen, todas las medidas razonables o necesarias para asegurar que la Elección sea celebrada de forma imparcial y que los resultados sean debidamente contados y tabulados para ser escrutados por el Consejo Consejo Municipal, medidas que por la presente son ratificadas y confirmadas. Sin limitar la generalidad de la oración inmediatamente precedente, por la presente, se autoriza al Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designadas, a cada uno de ellos/ellas, a completar y actualizar, según sea necesario, los anexos de este documento con la información necesaria a medida que la misma se ponga a disposición de la Ciudad. Sección 15. Autorización para firmar la Resolución de Elección. El Alcalde está autorizado a firmar y la Secretaria del Condado está autorizada a atestiguar esta Resolución de Elección en nombre del Consejo Municipal; y el Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designadas están autorizados, cada uno de ellos/ella, a tomar cualquier otra medida legal y necesaria en relación con la celebración y consumación de la Elección. Sección 16. Fecha de entrada en vigencia. Esta Resolución de Elección entrará en vigencia inmediatamente después de ser aceptada y aprobada. [Sigue la página de firmas] DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D Página de firmas de la Resolución de Elección 4127-7529-5557.7 ACEPTADA, APROBADA y ADOPTADA este día 13 de febrero de 2023, D.C. _____________________________ J. KEVIN COLE ALCALDE ATESTIGUA: _____________________________ FRANCES AGUILAR, TRMC, MMC SECRETARIA DE LA CIUDAD APROBADA EN CUANTO A SU LEGALIDAD: ________________________________ DARRIN M. COKER ABOGADO DE LA CIUDAD DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D A-1 4127-7529-5557.7 ANEXO A1 Información de los lugares de votación del Día de Elección Ciudad Lugar de votación Dirección Alvin Alvin Library 105 S Gordon Angleton East Annex (Antiguo Walmart) Sala 144 1524 E Mulberry Bonney Bonney Annex Building 19025 FM 521 Brazoria Brazoria Library 620 S Brooks Brookside Village Brookside Village Community Center 6243 Brookside Rd Clute Clute Event Center 100 Parkview Dr Danbury Danbury Community Center 6115 5th St Freeport Freeport Library 410 Brazosport Blvd Hillcrest Village Hillcrest Village Municipal Building 200 W Timberlane Jones Creek Jones Creek Community House 7207 Stephen F Austin Rd Lake Jackson Lake Jackson Civic Center 333 Hwy 332 East Liverpool Liverpool City Hall 8901 County Road 171 Manvel North Annex 7313 Corporate Dr Oyster Creek Oyster Creek City Hall 3210 FM 523 Pearland Drainage Dist No. 4 Building 4813 W Broadway Pearland Pearland Recreation Center 4141 Bailey Rd Pearland Silverlake Recreation Center 2715 Southwyck Pkwy Pearland Tom Reid Library 3522 Liberty Dr Pearland West Pearland Community Center 2150 Countryplace Pkwy Pearland West Pearland Library 11801 Shadow Creek Pkwy Richwood Richwood City Hall 1800 Brazosport Blvd N Surfside Beach Surfside Beach City Hall 1304 Monument Dr Sweeny Sweeny Community Center 205 Ashley Wilson Rd West Columbia Precinct 4 Building #2 121 N 10th St 1El Administrador, el Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designada y/o el asesor de bonos de la Ciudad actualizarán este Anexo con información recibida del Condado, en el momento que se reciba. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D B-1 ANEXO B2 Información de los lugares de Votación Anticipada(1) 2El Administrador, el Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designada y/o el asesor de bonos de la Ciudad actual izarán este Anexo con información recibida del Condado, en el momento que se reciba. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D B-2 DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-1 4127-7529-5557.7 ANEXO C3 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN PARA LOS VOTANTES CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN A [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $105,500,000 PARA MEJORAS DE DRENAJE DENTRO DE LA CIUDAD Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. 1. Capital de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $105,500,000 2. Interés estimado de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $71,689,556 3. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente las obligaciones de deuda que se han de autorizar $177,189,556 4. Capital de todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $358,495,000 5. Interés estimado restante sobre todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $110,017,163 6. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $468,512,163 7. Aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para pagar las obligaciones de deuda a autorizar, si se aprueban, según las suposiciones realizadas por el Consejo Municipal de la Ciudad $0.005819 8. Otra información que la Ciudad considere relevante o necesaria para explicar la información precedente Consultar las suposiciones importantes expuestas más adelante. *A la fecha de adopción de la Resolución de Elección de la Ciudad. 3El Administrador, el Alcalde, la Secretaria de la Ciudad y sus personas designada y/o el asesor de bonos de la Ciudad actual izarán este Anexo según sea necesario para satisfacer los requisitos legales. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-2 4127-7529-5557.7 Suposiciones importantes para las declaraciones anteriores, incluso la declaración 7: (1) Amortización supuesta de las obligaciones de deuda de la Ciudad, incluidas las obligaciones de deuda pendientes y las obligaciones de deuda propuestas: DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-3 4127-7529-5557.7 (2) Cambios supuestos en tasaciones futuras estimadas dentro de la Ciudad: se prevé que la tasación fiscal gravable, ajustada y neta crecerá aproximadamente 5.00% en el año fiscal 2023-24, 4.00% en el año fiscal 2024-25; 3.00% en el año fiscal 2025-26, 2.50% en el año fiscal 2026-27; 2.00% en el año fiscal 2027-28, 1.00% en el año fiscal 2028-29 y sin crecimiento posterior. (3) Tasa de interés supuesta sobre las obligaciones de deuda a emitir: 4.75% para los bonos emitidos en 2024 y 5.00% para los bonos emitidos en 2025-2028. (4) Supone que la Ciudad otorgará una exención opcional del 2.5% para el impuesto a residencia principal, pero no otorgará ninguna otra exención del impuesto predial. (5) Supone que la residencia principal no cumplirá con los requisitos para exenciones idiosincráticas, lo que incluye, entre otras, la exención estatal obligatoria para residencia principal para veteranos incapacitados y sus familias, cónyuges sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas fallecidos en combate y cónyuges sobrevivientes de personal de emergencia fallecido o con heridas de muerte en el desempeño de sus funciones. (6) Supone que la ley aplicable no cambiará para disponer exenciones obligatorias al impuesto predial o congelaciones de impuestos prediales que no están disponibles bajo la ley actual. (7) Supone que no se obtendrá un seguro de bonos municipales para las obligaciones de deuda propuestas. (8) Como lo exige la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas, este Documento de información para los votantes se ha preparado para la proposición expuesta en este Documento de información para los votantes (la “Proposición”), que se somete a los votantes en virtud de una Resolución para convocar a una Elección de Bonos a celebrarse dentro de la Ciudad de Pearland, Texas; disponer la celebración y el aviso de la Elección de Bonos; e incluir otras disposiciones relacionadas con esto (la “Resolución de Elección”). Además de la Proposición, se presentarán a los votantes una o más otras proposiciones en virtud de la Resolución de Elección (colectivamente, la Proposición y la otra o las otras proposiciones que se denominan en este documento las “Proposiciones”). El aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para repagar las obligaciones de deuda a autorizar en virtud de las Proposiciones, si todas las Proposiciones se aprueban, según las suposiciones realizadas por el órgano de gobierno de la Ciudad en cada documento de información para los votantes respectivo preparado para cada Proposición, es $9.75. (9) Las cifras en (1) anteriores solo incluyen la Proposición descrita previamente y la deuda existente. Véanse los Documentos de Información para los Votantes para los respectivos detalles de la o las demás Proposiciones. Los estimados incluidos en este documento de información para los votantes: (i) se basan en determinadas suposiciones (incluidas las suposiciones importantes expuestas antes y suposiciones acerca de las condiciones prevalecientes del mercado y económicas al momento o momentos de emisión de los bonos) y se derivan de las proyecciones obtenidas del asesor financiero de la Ciudad, (ii) están sujetos a cambios en la medida en que los hechos, las circunstancias y las condiciones reales prevalecientes al momento de emisión de los bonos DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-4 4127-7529-5557.7 difieran de dichas suposiciones y proyecciones, (iii) se proveen exclusivamente para cumplir con los requisitos de la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas y sin ningún otro propósito, sin ninguna garantía de que dichas proyecciones se manifestarán y (iv) no están previstos para dar lugar (y expresamente no dan lugar) a un contrato con los votantes o limitar la autoridad de la Ciudad de emitir bonos de acuerdo con las Proposiciones presentadas por la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-5 4127-7529-5557.7 CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN B [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $26,146,000 PARA MEJORAS DE CALLES, PUENTES Y ACERAS DENTRO DE LA CIUDAD Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. 1. Capital de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $26,146,000 2. Interés estimado de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $19,521,051 3. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente las obligaciones de deuda que se han de autorizar $45,667,051 4. Capital de todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $358,495,000 5. Interés estimado restante sobre todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $110,017,163 6. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $468,512,163 7. Aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para pagar las obligaciones de deuda a autorizar, si se aprueban, según las suposiciones realizadas por el Consejo Municipal de la Ciudad $0.001442 8. Otra información que la Ciudad considere relevante o necesaria para explicar la información precedente Consultar las suposiciones importantes expuestas más adelante. *A la fecha de adopción de la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-6 4127-7529-5557.7 Suposiciones importantes para las declaraciones anteriores, incluso la declaración 7: (1) Amortización supuesta de las obligaciones de deuda de la Ciudad, incluidas las obligaciones de deuda pendientes y las obligaciones de deuda propuestas: DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-7 4127-7529-5557.7 (2) Cambios supuestos en tasaciones futuras estimadas dentro de la Ciudad: se prevé que la tasación fiscal gravable, ajustada y neta crecerá aproximadamente 5.00% en el año fiscal 2023-24, 4.00% en el año fiscal 2024-25; 3.00% en el año fiscal 2025-26, 2.50% en el año fiscal 2026-27; 2.00% en el año fiscal 2027-28, 1.00% en el año fiscal 2028-29 y sin crecimiento posterior. (3) Tasa de interés supuesta sobre las obligaciones de deuda a emitir: 4.75% para los bonos emitidos en 2024 y 5.00% para los bonos emitidos en 2025-2028. (4) Supone que la Ciudad otorgará una exención opcional del 2.5% para el impuesto a residencia principal, pero no otorgará ninguna otra exención del impuesto predial. (5) Supone que la residencia principal no cumplirá con los requisitos para exenciones idiosincráticas, lo que incluye, entre otras, la exención estatal obligatoria para residencia principal para veteranos incapacitados y sus familias, cónyuges sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas fallecidos en combate y cónyuges sobrevivientes de personal de emergencia fallecido o con heridas de muerte en el desempeño de sus funciones. (6) Supone que la ley aplicable no cambiará para disponer exenciones obligatorias al impuesto predial o congelaciones de impuestos prediales que no están disponibles bajo la ley actual. (7) Supone que no se obtendrá un seguro de bonos municipales para las obligaciones de deuda propuestas. (8) Como lo exige la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas, este Documento de información para los votantes se ha preparado para la proposición expuesta en este Documento de información para los votantes (la “Proposición”), que se somete a los votantes en virtud de una Resolución para convocar a una Elección de Bonos a celebrarse dentro de la Ciudad de Pearland, Texas; disponer la celebración y el aviso de la Elección de Bonos; e incluir otras disposiciones relacionadas con esto (la “Resolución de Elección”). Además de la Proposición, se presentarán a los votantes una o más otras proposiciones en virtud de la Resolución de Elección (colectivamente, la Proposición y la otra o las otras proposiciones que se denominan en este documento las “Proposiciones”). El aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para repagar las obligaciones de deuda a autorizar en virtud de las Proposiciones, si todas las Proposiciones se aprueban, según las suposiciones realizadas por el órgano de gobierno de la Ciudad en cada documento de información para los votantes respectivo preparado para cada Proposición, es $9.75. (9) Las cifras en (1) anteriores solo incluyen la Proposición descrita previamente y la deuda existente. Véanse los Documentos de Información para los Votantes para los respectivos detalles de la o las demás Proposiciones. Los estimados incluidos en este documento de información para los votantes: (i) se basan en determinadas suposiciones (incluidas las suposiciones importantes expuestas antes y suposiciones acerca de las condiciones prevalecientes del mercado y económicas al momento o momentos de emisión de los bonos) y se derivan de las proyecciones obtenidas del asesor financiero de la Ciudad, (ii) están sujetos a cambios en la medida en que los hechos, las circunstancias y las condiciones reales prevalecientes al momento de emisión de los bonos difieran de dichas suposiciones y proyecciones, (iii) se proveen exclusivamente para cumplir con DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-8 4127-7529-5557.7 los requisitos de la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas y sin ningún otro propósito, sin ninguna garantía de que dichas proyecciones se manifestarán y (iv) no están previstos para dar lugar (y expresamente no dan lugar) a un contrato con los votantes o limitar la autoridad de la Ciudad de emitir bonos de acuerdo con las Proposiciones presentadas por la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-9 4127-7529-5557.7 CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN C [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $33,705,000 PARA PROPÓSITOS DE PARQUES Y RECREACIÓN Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. . 1. Capital de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $33,705,000 2. Interés estimado de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $21,008,997 3. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente las obligaciones de deuda que se han de autorizar $54,713,997 4. Capital de todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $358,495,000 5. Interés estimado restante sobre todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $110,017,163 6. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $468,512,163 7. Aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para pagar las obligaciones de deuda a autorizar, si se aprueban, según las suposiciones realizadas por el Consejo Municipal de la Ciudad $0.001859 8. Otra información que la Ciudad considere relevante o necesaria para explicar la información precedente Consultar las suposiciones importantes expuestas más adelante. *A la fecha de adopción de la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-10 4127-7529-5557.7 Suposiciones importantes para las declaraciones anteriores, incluso la declaración 7: (1) Amortización supuesta de las obligaciones de deuda de la Ciudad, incluidas las obligaciones de deuda pendientes y las obligaciones de deuda propuestas: DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-11 4127-7529-5557.7 (2) Cambios supuestos en tasaciones futuras estimadas dentro de la Ciudad: se prevé que la tasación fiscal gravable, ajustada y neta crecerá aproximadamente 5.00% en el año fiscal 2023- 24, 4.00% en el año fiscal 2024-25; 3.00% en el año fiscal 2025-26, 2.50% en el año fiscal 2026- 27; 2.00% en el año fiscal 2027-28, 1.00% en el año fiscal 2028-29 y sin crecimiento posterior. (3) Tasa de interés supuesta sobre las obligaciones de deuda a emitir: 4.75% para los bonos emitidos en 2024 y 5.00% para los bonos emitidos en 2025-2028. (4) Supone que la Ciudad otorgará una exención opcional del 2.5% para el impuesto a residencia principal, pero no otorgará ninguna otra exención del impuesto predial. (5) Supone que la residencia principal no cumplirá con los requisitos para exenciones idiosincráticas, lo que incluye, entre otras, la exención estatal obligatoria para residencia principal para veteranos incapacitados y sus familias, cónyuges sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas fallecidos en combate y cónyuges sobrevivientes de personal de emergencia fallecido o con heridas de muerte en el desempeño de sus funciones. (6) Supone que la ley aplicable no cambiará para disponer exenciones obligatorias al impuesto predial o congelaciones de impuestos prediales que no están disponibles bajo la ley actual. (7) Supone que no se obtendrá un seguro de bonos municipales para las obligaciones de deuda propuestas. (8) Como lo exige la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas, este Documento de información para los votantes se ha preparado para la proposición expuesta en este Documento de información para los votantes (la “Proposición”), que se somete a los votantes en virtud de una Resolución para convocar a una Elección de Bonos a celebrarse dentro de la Ciudad de Pearland, Texas; disponer la celebración y el aviso de la Elección de Bonos; e incluir otras disposiciones relacionadas con esto (la “Resolución de Elección”). Además de la Proposición, se presentarán a los votantes una o más otras proposiciones en virtud de la Resolución de Elección (colectivamente, la Proposición y la otra o las otras proposiciones que se denominan en este documento las “Proposiciones”). El aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para repagar las obligaciones de deuda a autorizar en virtud de las Proposiciones, si todas las Proposiciones se aprueban, según las suposiciones realizadas por el órgano de gobierno de la Ciudad en cada documento de información para los votantes respectivo preparado para cada Proposición, es $9.75. (9) Las cifras en (1) anteriores solo incluyen la Proposición descrita previamente y la deuda existente. Véanse los Documentos de Información para los Votantes para los respectivos detalles de la o las demás Proposiciones. Los estimados incluidos en este documento de información para los votantes: (i) se basan en determinadas suposiciones (incluidas las suposiciones importantes expuestas antes y suposiciones acerca de las condiciones prevalecientes del mercado y económicas al momento o momentos de emisión de los bonos) y se derivan de las proyecciones obtenidas del asesor financiero de la Ciudad, (ii) están sujetos a cambios en la medida en que los hechos, las circunstancias y las condiciones reales prevalecientes al momento de emisión de los bonos difieran de dichas suposiciones y proyecciones, (iii) se proveen exclusivamente para cumplir con DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-12 4127-7529-5557.7 los requisitos de la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas y sin ningún otro propósito, sin ninguna garantía de que dichas proyecciones se manifestarán y (iv) no están previstos para dar lugar (y expresamente no dan lugar) a un contrato con los votantes o limitar la autoridad de la Ciudad de emitir bonos de acuerdo con las Proposiciones presentadas por la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-13 4127-7529-5557.7 CIUDAD DE PEARLAND, TEXAS - PROPOSICIÓN D [ ] A FAVOR [ ] EN CONTRA LA EMISIÓN DE BONOS DE OBLIGACIÓN GENERAL EN LA CANTIDAD DE $15,959,000 PARA LA CONTRUCCIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE LA ESTACIÓN DE BOMBEROS NRO. 7 Y TODO ASUNTO NECESARIO O INCIDENTE RELATIVO A ESTO Y LA IMPOSICIÓN DE IMPUESTOS SUFICIENTES PARA PAGAR EL CAPITAL Y EL INTERÉS DE LOS BONOS. . 1. Capital de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $15,960,000 2. Interés estimado de las obligaciones de deuda que se ha de autorizar $9,728,841 3. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente las obligaciones de deuda que se han de autorizar $25,688,841 4. Capital de todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $358,495,000 5. Interés estimado restante sobre todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $110,017,163 6. Estimado de la combinación de capital e interés requerida para pagar en su totalidad y oportunamente todas las obligaciones de deuda pendientes de la Ciudad* $468,512,163 7. Aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para pagar las obligaciones de deuda a autorizar, si se aprueban, según las suposiciones realizadas por el Consejo Municipal de la Ciudad $0.000880 8. Otra información que la Ciudad considere relevante o necesaria para explicar la información precedente Consultar las suposiciones importantes expuestas más adelante. *A la fecha de adopción de la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-14 4127-7529-5557.7 Suposiciones importantes para las declaraciones anteriores, incluso la declaración 7: (1) Amortización supuesta de las obligaciones de deuda de la Ciudad, incluidas las obligaciones de deuda pendientes y las obligaciones de deuda propuestas: DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-15 4127-7529-5557.7 (2) Cambios supuestos en tasaciones futuras estimadas dentro de la Ciudad: se prevé que la tasación fiscal gravable, ajustada y neta crecerá aproximadamente 5.00% en el año fiscal 2023-24, 4.00% en el año fiscal 2024-25; 3.00% en el año fiscal 2025-26, 2.50% en el año fiscal 2026-27; 2.00% en el año fiscal 2027-28, 1.00% en el año fiscal 2028-29 y sin crecimiento posterior. (3) Tasa de interés supuesta sobre las obligaciones de deuda a emitir: 5.00% para los bonos emitidos en 2026-2028. (4) Supone que la Ciudad otorgará una exención opcional del 2.5% para el impuesto a residencia principal, pero no otorgará ninguna otra exención del impuesto predial. (5) Supone que la residencia principal no cumplirá con los requisitos para exenciones idiosincráticas, lo que incluye, entre otras, la exención estatal obligatoria para residencia principal para veteranos incapacitados y sus familias, cónyuges sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas fallecidos en combate y cónyuges sobrevivientes de personal de emergencia fallecido o con heridas de muerte en el desempeño de sus funciones. (6) Supone que la ley aplicable no cambiará para disponer exenciones obligatorias al impuesto predial o congelaciones de impuestos prediales que no están disponibles bajo la ley actual. (7) Supone que no se obtendrá un seguro de bonos municipales para las obligaciones de deuda propuestas. (8) Como lo exige la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas, este Documento de información para los votantes se ha preparado para la proposición expuesta en este Documento de información para los votantes (la “Proposición”), que se somete a los votantes en virtud de una Resolución para convocar a una Elección de Bonos a celebrarse dentro de la Ciudad de Pearland, Texas; disponer la celebración y el aviso de la Elección de Bonos; e incluir otras disposiciones relacionadas con esto (la “Resolución de Elección”). Además de la Proposición, se presentarán a los votantes una o más otras proposiciones en virtud de la Resolución de Elección (colectivamente, la Proposición y la otra o las otras proposiciones que se denominan en este documento las “Proposiciones”). El aumento anual, máximo y estimado en la cantidad de impuestos que se gravarían sobre una residencia principal en la Ciudad con una tasación fiscal de $100,000 para repagar las obligaciones de deuda a autorizar en virtud de las Proposiciones, si todas las Proposiciones se aprueban, según las suposiciones realizadas por el órgano de gobierno de la Ciudad en cada documento de información para los votantes respectivo preparado para cada Proposición, es $9.75. (9) Las cifras en (1) anteriores solo incluyen la Proposición descrita previamente y la deuda existente. Véanse los Documentos de Información para los Votantes para los respectivos detalles de la o las demás Proposiciones. Los estimados incluidos en este documento de información para los votantes: (i) se basan en determinadas suposiciones (incluidas las suposiciones importantes expuestas antes y suposiciones acerca de las condiciones prevalecientes del mercado y económicas al momento o momentos de emisión de los bonos) y se derivan de las proyecciones obtenidas del asesor financiero de la Ciudad, (ii) están sujetos a cambios en la medida en que los hec hos, las circunstancias y las condiciones reales prevalecientes al momento de emisión de los bonos difieran de dichas suposiciones y proyecciones, (iii) se proveen exclusivamente para cumplir con DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D C-16 4127-7529-5557.7 los requisitos de la Sección 1251.052 del Código de Gobierno de Texas y sin ningún otro propósito, sin ninguna garantía de que dichas proyecciones se manifestarán y (iv) no están previstos para dar lugar (y expresamente no dan lugar) a un contrato con los votantes o limitar la autoridad de la Ciudad de emitir bonos de acuerdo con las Proposiciones presentadas por la Resolución de Elección de la Ciudad. DocuSign Envelope ID: D6D0F28F-AB67-4278-83D9-9845FC07E51D